Parole para cubanos, esto es lo que debes conocer

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Joe Biden, presidente de Estados Unidos, anunció el 5 de enero, jueves, que los cubanos, nicaragüenses y haitianos que lleguen a las fronteras de Estados Unidos serán devueltos a sus países de origen o deportados. 

El mensaje es claro: no se permitirá la entrada a través de la frontera.

Biden afirmó que su gobierno ha establecido un proceso similar al que se ha aplicado a los venezolanos desde octubre de 2022 y, previamente, a los ucranianos. 

A continuación presentamos los puntos más importantes que deben conocer los cubanos que deseen emigrar a Estados Unidos a partir del 6 de enero de 2023.

¿Cuándo empieza a aplicarse la nueva directiva?

Los cubanos que intenten entrar ilegalmente a Estados Unidos a través de sus fronteras pueden ser devueltos o admitidos y sometidos a un proceso de deportación expedito. Esto gracias a la nueva directiva que entra en vigor de inmediato.

En el caso de la frontera sur, México se ha comprometido a recibir a un total de 30.000 nacionales de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela cada mes, que podrían ser devueltos por las autoridades estadounidenses a su territorio.

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Si el número de migrantes de estos cuatro países que lleguen a la frontera sur sin cumplir con los requisitos excede esta cifra, podrán ser admitidos en Estados Unidos pero solo con el objetivo de ser deportados de manera rápida.

El gobierno de Biden se encuentra en una posición más favorable para negar la entrada a los migrantes debido al Título 42 (implementado por la administración Trump) que sigue en vigor y al interés declarado de México de admitir hasta 30.000 nicaragüenses, cubanos, venezolanos y haitianos cada mes.

Tras las negociaciones de noviembre con las autoridades cubanas, el viceministro cubano de Relaciones Exteriores, Carlos Fernández de Cossío, anunció que Cuba estaba dispuesta a recibir otra vez a los cubanos con órdenes de deportación, después de haberse negado a hacerlo desde 2020 alegando el cierre de aeropuertos debido a la pandemia de COVID-19.

Los cubanos que se encuentren en tránsito hacia la frontera entre México y Estados Unidos deberán seguir los pasos y cumplir con el procedimiento implementado gracias a la directiva establecida el jueves 5 de enero de 2023.

¿Y qué pasa si llegas por mar?

La directiva se aplica a las personas que lleguen a las fronteras de Estados Unidos de manera ilegal, incluyendo a los balseros que antes eran permitidos. 

La política busca reducir la migración irregular y menciona específicamente la vía marítima como una de las más peligrosas y que ha experimentado un aumento significativo, en especial entre cubanos, en el último año fiscal.

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El único medio de entrada válido para los cubanos será por vía aérea, y solo en casos excepcionales podrían ser admitidos si entran por tierra o a través de puertos que no sean aéreos o interiores.

Requisitos generales para ser elegible 

Para ser elegibles para el nuevo proceso establecido por la directiva, las personas deben tener un patrocinador en Estados Unidos dispuesto a apoyar financieramente al emigrante durante el tiempo que dure su parole. 

Los solicitantes deben pasar la investigación de antecedentes de seguridad nacional y seguridad pública realizada por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) de Estados Unidos y deben pagar su propio pasaje desde su ubicación actual hasta un puerto interior de Estados Unidos.

Los cubanos contra quienes se haya emitido una orden de deportación de Estados Unidos en los últimos cinco años o que hayan ingresado ilegalmente a Estados Unidos, México o Panamá después del 9 de enero de 2023 no son elegibles para obtener un parole bajo la nueva directiva.

¿Quién inicia el procedimiento?

Sólo aquellos que se encuentran en los Estados Unidos y buscan “patrocinar” a migrantes pueden iniciar el proceso.

El “patrocinador” debe crear un perfil en esta página web oficial y completar el formulario en línea I-134A (Declaración de apoyo financiero).

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Luego, ambos (patrocinador y beneficiario) pasarán por un proceso de investigación discrecional del DHS para determinar si cumplen con los requisitos necesarios para ser aprobados y continuar con el trámite. 

Esto es importante saberlo: los cubanos que deseen emigrar no pueden iniciar este proceso.

¿Quién puede ser patrocinador o sponsor?

De acuerdo con la directiva, pueden ser patrocinadores personas que residen en los Estados Unidos, ya sean ciudadanos, nacionales o residentes permanentes, o bien aquellas que tengan un estatus legal en el país o que se encuentren bajo un parole o una orden de deportación diferida. 

No es necesario ser cubano de origen ni residente permanente para poder ser patrocinador.

Antes de ser considerados como patrocinadores, las personas interesadas deberán pasar una investigación de seguridad y verificación de antecedentes realizada por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés). 

Además, deben demostrar que tienen los recursos financieros suficientes para recibir, mantener y apoyar al migrante durante la duración del parole.

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Un “parole”, ¿qué es eso?

Un parole es una forma de libertad condicional que puede ser otorgada por el Secretario de Seguridad de Estados Unidos a las personas que ingresan al país de manera irregular. 

Este tipo de parole no otorga una admisión definitiva al individuo, sino que le da la condición de «solicitante de admisión», lo que le permite solicitar y obtener un permiso de trabajo. 

La condición de «solicitante de admisión» se mantendrá mientras el parole esté vigente o hasta que el individuo logre cambiar o ajustar su estatus migratorio. 

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) puede cancelar el parole en cualquier momento.

¿Cuál será la duración y las condiciones del parole?

El parole que se otorgará a los cubanos beneficiarios bajo el nuevo proceso será por un período de hasta dos años. 

Además de contar con un patrocinador, este parole permitirá a los beneficiarios acceder a ayuda humanitaria u otros beneficios de inmigración como los bonos de comida o efectivo. 

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También les permitirá, luego de un año, tratar de modificar su estatus migratorio bajo la Ley de Ajuste Cubano.

¿Quiénes serán elegibles para recibir un parole?

Los beneficiarios del proceso deben encontrarse fuera de los Estados Unidos y generalmente deben ser cubanos. 

Sin embargo, la directiva también permite que no cubanos que sean familiares inmediatos del beneficiario y viajen junto a él a Estados Unidos también puedan beneficiarse del proceso. 

Se consideran familiares inmediatos a cónyuges, parejas de hecho e hijos solteros menores de 21 años.

Para ser elegibles, los beneficiarios también deben contar con un patrocinador que haya presentado un formulario I-134A a su favor y que haya sido examinado y confirmado por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés). 

Además, deben tener un pasaporte válido y costear su pasaje aéreo desde el lugar de origen hasta el puerto de entrada en Estados Unidos.

Los beneficiarios de un parole deben someterse a una investigación de antecedentes de seguridad nacional y cumplir con los requisitos adicionales, como los relacionados con la vacunación y otras pautas de salud pública. 

También deben ser capaces de demostrar que la concesión de un parole en su favor tendría un beneficio público significativo o se deben a razones humanitarias urgentes.

¿Qué cubanos no cumplen con los requisitos?

No son elegibles para el proceso los cubanos que sean residentes permanentes o ciudadanos de otro país distinto a Cuba.

Tampoco lo son aquellos que mantengan el estatus de refugiado en cualquier otro país, a menos que el Departamento de Seguridad Nacional haya habilitado un proceso similar para los nacionales del país que les concedió refugio. 

Por ejemplo, si un cubano solicitó y recibió el estatus de refugiado en Venezuela, Nicaragua o Haití, todavía podría aplicar para ser beneficiario del proceso hacia Estados Unidos.

Un posible beneficiario también puede ser excluido del proceso si no pasa la investigación de antecedentes de seguridad nacional y seguridad pública, o si el DHS considera discrecionalmente que no es merecedor del beneficio. 

Además, no son elegibles quienes hayan sido expulsados de Estados Unidos dentro de los cinco años anteriores, o quienes estén sujetos a una prohibición de admisibilidad basada en una orden de deportación previa.

Los cubanos que hayan ingresado de manera irregular a territorio estadounidense después del 9 de enero de 2023, o que hayan cruzado la frontera de México o Panamá después de esa fecha, no son elegibles.

Los menores de 18 años que no viajen con un padre o tutor legal también no podrán ser beneficiarios del proceso. 

Deben viajar a Estados Unidos bajo el cuidado y la custodia de sus padres o tutores legales para ser considerados como posibles beneficiarios de este tipo de parole.

¿Hay requisitos médicos especiales?

La directiva establece que el Departamento de Seguridad Nacional puede determinar, en coordinación con el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés), qué requisitos de salud adicionales deben cumplir los beneficiarios.

Entre estos requisitos se incluyen certificados de vacunación y pruebas para enfermedades, como COVID-19, poliomielitis y sarampión. 

Los requisitos de salud pública más actualizados aplicables a este proceso estarán disponibles en esta página web.

Pasos para aplicar

1) Declaración de apoyo financiero: 

Un patrocinador que reside en los Estados Unidos debe completar en línea, a través del sitio web de Uscis, el formulario I-134A. 

Debe presentar un formulario por separado para cada beneficiario que desea apoyar, incluidos los familiares inmediatos de los cubanos y los hijos menores de edad. 

Luego, Uscis examinará al patrocinador y a los posibles beneficiarios, y determinará si continúan o no en el proceso.

2) Envío de información biográfica

Si Uscis confirma al patrocinador, el o los beneficiarios mencionados recibirán un correo electrónico con instrucciones para crear una cuenta en línea en este enlace e indicaciones sobre los pasos siguientes que deben completar para continuar la solicitud. 

El beneficiario deberá confirmar su información biográfica y certificar que cumple con los requisitos de elegibilidad. 

Como parte de la confirmación de elegibilidad en su cuenta myUSCIS, las personas que buscan autorización para viajar a los Estados Unidos deberán corroborar que cumplen con los requisitos de salud pública.

3) Envío de solicitud mediante la app CBP One

Para enviar una solicitud a través de CBP One, es necesario confirmar primero la información biográfica en myUSCIS y cumplir con las certificaciones de elegibilidad. 

Una vez hecho esto, se recibirán instrucciones para acceder a la aplicación móvil. Allí, se deberá ingresar información biográfica limitada y una foto.

4) Aprobación para trasladarse a EE. UU.

Una vez completado el paso 3, el beneficiario recibirá una notificación en su cuenta de myUSCIS que indicará si se le ha otorgado permiso para viajar y solicitar un parole. 

Si se concede, la autorización será válida durante 90 días en general y será responsabilidad del beneficiario asegurar su viaje en un avión comercial.

Es importante tener en cuenta que aunque se haya obtenido una autorización anticipada para viajar, no se garantiza la concesión del parole una vez llegue a Estados Unidos.

La concesión o denegación del parole es una decisión discrecional de los funcionarios de inmigración estadounidenses y se determina en el puerto de entrada, no antes.

5) Solicitud en puerto de entrada

Los individuos que lleguen a un puerto de entrada en el marco del proceso mencionado serán nuevamente examinados por las autoridades estadounidenses. 

Durante este proceso de inspección, los beneficiarios se someterán a una evaluación adicional que incluye un examen biométrico y la toma de huellas dactilares. 

Aquellas personas que representen una amenaza para la seguridad nacional de Estados Unidos o que no cumplan con los requisitos para obtener el parole, podrían ser derivadas al Servicio de Control de Inmigración y Aduanas (ICE) para ser detenidas y, posteriormente, deportadas.

6) Otorgamiento del parole 

Si se concede el parole, el beneficiario tendrá la oportunidad de ingresar y permanecer legalmente en Estados Unidos por un período de hasta dos años, sujeto a los requisitos de verificación y salud correspondientes.

Además, podrá solicitar una autorización de empleo según las regulaciones aplicables.

Los individuos mayores de dos años también deben realizarse un examen médico de tuberculosis, incluyendo una prueba IGRA, en los 90 días posteriores a su llegada a Estados Unidos.

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