Tribunal de Londres falla en caso de deuda de Cuba: un resultado complejo y no concluyente

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El martes 4 de abril, el Tribunal Superior de Justicia en Londres emitió un fallo en el caso de la demanda por incumplimiento de pago, presentada por el fondo de inversión CRF I en contra del Banco Nacional de Cuba (BNC) y la República de Cuba por un monto de 72 millones de euros (aproximadamente 78 millones de dólares).

La juez Sara Cockerill consideró que CRF I no puede reclamar la deuda a la República de Cuba debido a irregularidades en el traspaso de los bonos al fondo por parte del personal del BNC.

Esta decisión es vista como una victoria parcial para el Estado cubano, que se libra de ser responsable subsidiario.

Sin embargo, el fallo permite que CRF I reclame el impago al BNC, que aunque ya no actúa como banco central de Cuba, sigue siendo una de las entidades financieras estatales de la isla.

El proceso continuará sin la participación del Estado cubano, cerrando la puerta a que el fondo busque resarcir la deuda con activos del Estado cubano en el extranjero.

El Gobierno cubano y los medios oficiales han calificado el resultado como una “victoria” para el país, mientras que CRF I considera que Cuba ha ganado un “punto técnico” y confía en lograr una “completa victoria” al final del proceso. 

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Ambas partes tienen derecho a apelar la sentencia, lo que podría prolongar el litigio durante años.

La deuda en disputa se origina a partir de dos préstamos que Cuba adquirió en 1984 con los bancos europeos Crédit Lyonnais y L’Istituto Bancario Italiano, teniendo al BNC como avalista.

En 1987, el presidente cubano de aquel momento, Fidel Castro, calificó la deuda como «incobrable» y, desde entonces, la isla cesó en el cumplimiento de sus obligaciones con los acreedores.

La situación cambió con la llegada de Raúl Castro al poder en 2006, quien buscó reabrir la puerta a los mercados financieros internacionales mediante una serie de reformas económicas.

Cuba llevó a cabo renegociaciones de su deuda con el Club de París en 2015 y 2021, y también con Rusia, que perdonó gran parte de los préstamos concedidos durante el período soviético y mejoró las condiciones en 2022. No obstante, La Habana no entabló negociaciones con el Club de Londres, que representa a los acreedores privados.

La defensa cubana argumentó que CRF I no era un acreedor legítimo, alegando que el fondo adquirió la deuda de forma ilegal, sobornando a un empleado del BNC, y que no se cumplieron los procedimientos ni se obtuvo autorización gubernamental.

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CRF I negó ser un “fondo buitre” y aseguró que adquirió la deuda de forma correcta y es un acreedor legítimo.

A pesar de la complejidad y la falta de una conclusión definitiva en la sentencia, este caso pone de relieve la situación económica y financiera de Cuba, así como las implicaciones legales y políticas que pueden surgir en disputas similares en el futuro.

La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Londres puede tener repercusiones en futuras disputas de deuda entre Cuba y otros acreedores internacionales.

La sentencia establece un precedente en cuanto a la responsabilidad del Estado cubano en casos de impago y las irregularidades en el traspaso de bonos. Esto podría llevar a otros acreedores a reconsiderar sus estrategias legales al enfrentarse a casos similares con la isla.

Además, este caso destaca la importancia de la transparencia y el cumplimiento de los procedimientos adecuados en las transacciones financieras internacionales.

La acusación de soborno y la falta de autorización gubernamental en la adquisición de la deuda por parte de CRF I son aspectos clave del litigio, que pueden servir como lecciones para otros actores en el ámbito financiero global.

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Mientras tanto, el Gobierno cubano continúa enfrentándose a desafíos económicos significativos, incluida la necesidad de diversificar su economía y atraer inversiones extranjeras.

La resolución de disputas de deuda como esta y la renegociación con acreedores internacionales son pasos cruciales para mejorar la posición financiera de la isla y permitir un mayor acceso a los mercados financieros internacionales.

En conclusión, el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Londres en el caso de la deuda de Cuba representa un resultado complejo y no concluyente para ambas partes involucradas.

Aunque el Estado cubano se ha librado de la responsabilidad subsidiaria en este caso, el litigio continúa y puede tener repercusiones más amplias en futuras disputas de deuda y en las relaciones económicas internacionales de Cuba.

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